
EL NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES DE CONSUMO EN ANDALUCÍA
Decreto 82/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía
La Junta de Andalucía ha establecido un nuevo formato de HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES (HQR) a disposición de los consumidores reclamantes que la soliciten, en cualquier establecimiento comercial o de prestación de servicios. La nueva cartelería informativa de las HQR, se adaptan a la nueva identidad corporativa (logo) de la Junta de Andalucía.
Los nuevos formularios cambian el orden de las hojas, introducen datos del representante y notificación electrónica, amplía el espacio para descripción de los hechos denunciados por los consumidores y YA NO SE FIRMA POR EL CONSUMIDOR RECLAMANTE. Se establece la obligatoriedad de disponer de Hojas de Quejas y Reclamaciones en formato electrónico, si bien no entrará en vigor esta modalidad, hasta que no se apruebe la Orden de desarrollo de la norma actual.
El nuevo formulario de HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES (HQR), así como la nueva cartelería informativa, puede descargarse en www.consumoresponde.es
No es obligatorio que el reclamante rellene la HQR dentro del establecimiento, ni que tenga que consumir para reclamar.
Si recibe una HQR, el empresario, desde la fecha de recepción de la misma por cualquier medio, dispone de 10 días hábiles para contestar directamente al reclamante, incluso por correo electrónico, indicando una propuesta de resolución o la razón para no atender la reclamación, así como debe manifestar, expresamente, si se somete o rechaza el arbitraje de Consumo. Si no hay respuesta o transcurren 10 días, el consumidor remitirá a la OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC), para la apertura del correspondiente procedimiento administrativo. Para los casos de no admitir o no tener el empresario la HQR, el consumidor reclamante puede solicitar el auxilio de las autoridades policiales más cercanas, para que documenten esa negativa.
LOS NUEVOS FORMULARIOS Y CARTELES YA ESTÁN EN VIGOR Y PUEDEN DESCARGARSE EN www.consumoresponde.es
DAP & ASESORES
ABOGADOS Y ECONOMISTAS